La Municipalidad de Talca ordenó detener las faenas del proyecto inmobiliario Mirador Caiván II, luego de constatar que la empresa inició trabajos sin contar con la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada, incumpliendo la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
La Municipalidad de Talca confirmó la paralización del proyecto inmobiliario Mirador Caiván II, tras detectar que las obras comenzaron sin el permiso ambiental correspondiente.
De acuerdo con la Resolución N.º 220 del 24 de octubre de 2025, se ordenó detener los trabajos debido a que el titular no cuenta con una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada, requisito obligatorio según la Ley 19.300.
La medida fue respaldada por un oficio de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el ORD N.º 106/2025, en el que la jefa de la oficina regional del Maule, Mariela Valenzuela Hube, confirmó que el organismo tomó conocimiento de que el proyecto habría iniciado obras “de forma previa a la calificación ambiental del mismo”, lo que vulnera el principio preventivo de la normativa ambiental.
La SMA informó además que el caso fue ingresado bajo el ID 505-VII-2025 y que se evaluará conforme a la legislación vigente.
Motivo de la paralización:
El proyecto no cuenta con una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada.
Este requisito es indispensable para otorgar el permiso de inicio de obras, conforme a la Ley 19.300.
Posibles sanciones:
De acuerdo con la Ley 20.417, que crea la Superintendencia del Medio Ambiente, las sanciones por este tipo de infracciones pueden incluir amonestaciones, multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), clausura temporal o definitiva, o incluso la revocación de la resolución ambiental si el proyecto tuviera una en curso.
La paralización de Mirador Caiván II se suma a otras fiscalizaciones recientes en la Región del Maule, donde las autoridades locales y ambientales han intensificado el control sobre proyectos que puedan generar impactos al entorno sin la debida evaluación previa.






