La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó las sanciones impuestas por la Dirección General de Aguas (DGA) contra Inmobiliaria e Inversiones Santa Rosa S.A., tras comprobarse intervenciones no autorizadas en la ribera del río Claro de Talca.
El fallo —dictado por la Quinta Sala del tribunal y redactado por la ministra Marisol Rojas Moya— confirma la Resolución Exenta N°3244 de 2024, que mantuvo las multas aplicadas por modificar el cauce natural y extraer agua subterránea sin derecho.
Movimientos de tierra, motocross y un pozo sin permiso
La fiscalización realizada por la DGA en diciembre de 2019 constató movimientos de tierra, acopio de materiales y la construcción de una pista de motocross dentro del álveo del río, además de un pozo noria operativo sin autorización.
Por estos hechos, la autoridad ordenó restaurar el área intervenida, prohibir la extracción de aguas y aplicar multas por 105,4 UTM (más de 7 millones de pesos), 95,4 UTM por modificación del cauce y 10 UTM por extracción ilegal.
La empresa —representada por el abogado Ricardo Baltierra— alegó ante la Corte que el procedimiento debía considerarse caducado, ya que la DGA tardó casi cuatro años en resolver su recurso de reconsideración. También sostuvo que ignoraba los deslindes del Bien Nacional de Uso Público (BNUP) y que la sanción era desproporcionada.
Sin embargo, el tribunal desechó todos los argumentos.
“Nadie puede alegar ignorancia de la ley”, señaló la resolución, recordando que la delimitación del BNUP del río Claro fue publicada oficialmente en 2012.
“Obras que obstaculizan el escurrimiento del río”
En su defensa, la DGA argumentó que las obras realizadas por la inmobiliaria alteraron el escurrimiento del río en un 31,3%, afectando su eje hidráulico y aumentando el riesgo en períodos de crecida.
La Corte consideró que la autoridad actuó dentro de sus competencias, respaldada por informes técnicos, y que las multas se encuentran dentro del rango legal establecido por el Código de Aguas.
“La Dirección General de Aguas actuó dentro de sus atribuciones, en un procedimiento debidamente tramitado con todas las exigencias de validez”, concluye el fallo.
Silencio de la Municipalidad y la SMA
Pese a que los hechos datan de hace más de cinco años, ni la Municipalidad de Talca ni la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) han ejecutado acciones visibles para verificar la restauración del área afectada ni evitar nuevas ocupaciones del cauce.
Ambos organismos fueron oficiados por la DGA en 2020 para actuar dentro de sus competencias, pero hasta ahora no existen registros públicos de fiscalización ni sanciones complementarias.
Desde Siempre Talca contactamos a ambas instituciones para conocer su impresión sobre este fallo. La Municipalidad declinó referirse al tema, mientras que desde la Superintendencia de Medio Ambiente se excusaron de responder, asegurando que se trata de un asunto judicial.
Un precedente para el río Claro
La sentencia refuerza la autoridad fiscalizadora de la DGA frente a las intervenciones privadas en la ribera del río y podría marcar un precedente en futuros conflictos urbanísticos en la zona.
El concejal por Talca y abogado Rodrigo Poblete valoró el fallo, destacando su relevancia como señal de justicia ambiental:
“Me parece que es una decisión acertada, pues confirma que en ese terreno, de propiedad particular, hubo intervención ilegal sobre el curso del río Claro y extracción de aguas subterráneas sin contar con los permisos correspondientes. Ahora bien, lamentablemente a veces las multas no son proporcionales al daño que se ocasiona, pero en este caso creo que esta sanción servirá de antecedente para evitar que existan nuevos episodios de este tipo”.
El caso reabre el debate sobre la falta de coordinación institucional en la protección del río Claro, declarado Bien Nacional de Uso Público y reconocido por su valor ambiental y paisajístico.
Mientras la justicia ratifica multas a una inmobiliaria por intervenir el cauce, el municipio continúa autorizando eventos masivos y obras a escasos metros del río.






